{"id":12792,"date":"2024-05-21T09:49:16","date_gmt":"2024-05-21T12:49:16","guid":{"rendered":"https:\/\/loboproduccionesaudiovisuales.ar\/?p=12792"},"modified":"2024-05-21T09:49:16","modified_gmt":"2024-05-21T12:49:16","slug":"ater-informo-la-emision-y-el-destino-del-50-del-impuesto-inmobiliario-rural","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/loboproduccionesaudiovisuales.ar\/?p=12792","title":{"rendered":"ATER inform\u00f3 la emisi\u00f3n y el destino del 50% del impuesto inmobiliario rural"},"content":{"rendered":"<p><strong>Los topes de incremento establecidos en la norma son de entre 155% y 190%. El 50 % de lo recaudado se afectar\u00e1 a obras viales y mejoras en los caminos de la producci\u00f3n. &#8220;Los recursos llegan donde tienen que llegar&#8221;, destacaron desde el organismo.<\/strong><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>En el marco de la liquidaci\u00f3n del Impuesto Inmobiliario Rural y Subrural 2024, signada en el Decreto 1134\/24 MHF, cuyo vencimiento del primer anticipo y pago anual est\u00e1 previsto para el pr\u00f3ximo 23 y 24 de mayo, desde la Administradora Tributaria se\u00f1alaron el establecimiento de adecuaciones en los aval\u00faos, y topes de incremento en el impuesto por debajo de los guarismos inflacionarios (289%).<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Desde el \u00e1rea de impuestos recordaron que el 90% de las partidas fueron liquidadas con un tope de hasta 155% de incremento y solo el 10% restante con hasta un 190%, siendo este \u00faltimo grupo, el correspondiente a los inmuebles de mayor valuaci\u00f3n.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>M\u00e1s recursos para los caminos productivos<\/strong><\/p>\n<p>Por su parte, el director ejecutivo de la Administradora Tributaria (ATER), Jes\u00fas Korell, destac\u00f3 que \u00abdesde el comienzo de esta gesti\u00f3n se trabaja en conjunto con las entidades rurales y las instituciones que representan al sector, para compartir el esfuerzo de ajustarnos a la realidad y consolidar equilibrios con seriedad y responsabilidad\u00bb.<\/p>\n<p>\u00abLa determinaci\u00f3n del Impuesto Inmobiliario Rural se encuadra en esa b\u00fasqueda de consensos, porque contempla tanto la situaci\u00f3n del productor agropecuario como la necesidad de que el Estado cuente con recursos para hacer frente a sus obligaciones, principalmente en un escenario macroecon\u00f3mico tan dif\u00edcil como el que estamos atravesando\u00bb, argument\u00f3.<\/p>\n<p>\u00abPor eso es de gran importancia la decisi\u00f3n adoptada por el gobernador Rogelio Frigerio, con respaldo de la legislatura entrerriana, en cuanto a destinar el 50% de lo recaudado a trav\u00e9s del Impuesto Inmobiliario Rural al Fondo de Desarrollo y Conservaci\u00f3n Vial, una se\u00f1al muy clara de que hoy los recursos llegan donde tienen que llegar y que hay un compromiso de esta gesti\u00f3n con el trabajo y la producci\u00f3n\u00bb, sostuvo el director.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Compromiso<\/strong><\/p>\n<p>\u00abHablamos permanentemente con referentes de FARER y con otras instituciones del sector. Este es un gobierno que escucha, que vino a poner de pie a la provincia trabajando en equipo, haciendo lo que tenemos que hacer y corrigiendo errores cuando fuera necesario; lo que significa que vamos a escuchar los planteos que pueda haber porque obramos con transparencia y con las prioridades claras\u00bb, remarc\u00f3.<\/p>\n<p>Liquidaciones y topes<\/p>\n<p>As\u00ed mismo, el administrador se\u00f1al\u00f3 que ante las diferentes inquietudes volcadas desde entidades rurales cuyos miembros y titulares de inmuebles habr\u00edan recibido boletas con importes superiores a los determinados en la normativa: \u00abNo se han registrado casos de inconsistencias entre la aplicaci\u00f3n de la normativa y los montos liquidados en las boletas\u00bb.<\/p>\n<p>Finalmente, para una correcta interpretaci\u00f3n de la aplicaci\u00f3n de los topes mencionados, desde el \u00e1rea de impuestos de la ATER explicaron que los contribuyentes deber\u00e1n identificar en el cuadro \u00abConformaci\u00f3n del Impuesto\u00bb de la boleta 2024, el \u00edtem \u00abB\u00e1sico\u00bb menos el \u00edtem \u00abAjuste por tope\u00bb y comparar con iguales conceptos de la boleta del 2023. El monto resultante no puede superar los topes referidos, dependiendo del tramo de cada inmueble.<\/p>\n<p>Para m\u00e1s informaci\u00f3n, los contribuyentes interesados pueden descargar las boletas desde www.ater.gob.ar, y ante el Servicio de Asistencia al Ciudadano mediante el correo electr\u00f3nico consultas@ater.gob.ar donde se recepcionar\u00e1n todas las consultas o reclamos particulares.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Los topes de incremento establecidos en la norma son de entre 155% y 190%. 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